DESCRIPCIÓN CASO FEDERICO
Federico es un
aprendiz de un programa de formación de nivel técnico en el SENA en modalidad
virtual y a distancia. Hace cuatro meses inicio su proceso de formación y su
instructor le ha solicitado que visite una empresa para observar el espacio
donde permanece la maquinaria y para que analice el mantenimiento que se le
hace a la misma.
Federico llega a
la empresa a efectuar la visita planeada, pero el jefe de mantenimiento le
solicita que presente el carné personal que lo acredita como aprendiz SENA
Federico Manifiesta
que nunca ha tenido carné y que en dos oportunidades se le ha solicitado a la
líder de bienestar, ella le ha explicado que los carnés son para los aprendices
de la modalidad presencial.
De acuerdo con
el reglamento de aprendices en lo que respecta a los derechos, proporcione una
respuesta argumentada a los diferentes cuestionamientos:
1. ¿Qué respuesta
le daría usted a Federico y en que capítulo del Reglamento se Basaría?
Le diría que de acuerdo al Reglamento del Aprendiz
2012, en el artículo 3 se considera aprendiz SENA a toda persona matriculada
en los programas de formación
profesional de la entidad, en cualquier tipo de formación: Titulada o
Complementaria, desde las diferentes modalidades Presencial, Virtual o
Combinada es por
ello que los derechos y deberes son los mismos; además en el artículo séptimo
se reglamentan los derechos de los aprendices donde el numeral 4 adquiere el
derecho Recibir
en el momento de la legalización su matrícula, el carné que lo acredite como
Aprendiz del SENA. Para el caso
en mención Federico lleva 4 meses de formación.
2. En relación con
la líder de bienestar, ¿Qué opina acerca de la respuesta que le dio la
funcionaria al aprendiz? ¿Fue acertada o equivocada? Explique por qué.
La funcionaria
del SENA dio una información equivocada ya que todo aprendiz del Servicio
Nacional de Aprendizaje SENA, independiente de la modalidad en la que este
presencial o virtual tiene el derecho según el artículo séptimo del reglamento
del aprendiz de recibir un carné que lo acredite como aprendiz.
La solución que
planeo es que le sea expedido a Federico el Carné que lo acredita como aprendiz
sin demoras ni dilaciones.
DESCRIPCION CASO MEDIDAS FORMATIVAS, SANCIONES E
INCENTIVOS
El comité de evaluación y seguimiento está reunido
para analizar unas situaciones que se han presentado con algunos aprendices. Al
finalizar la reunión, uno de los miembros del equipo les manifiesta a los
aprendices que formalmente el subdirector del centro les enviará un comunicado con la
información pertinente, pero como conclusión, les puede adelantar que se
aplicarán a tres aprendices las medidas formativas correspondientes.
Las medidas serán: dos por faltas académicas, y una
por falta disciplinaria. Adicionalmente, se va a brindar estímulos a dos aprendices
por su buen desempeño. Uno de los aprendices
plantea que no recuerda en qué consiste las faltas
académicas y disciplinarias.
De acuerdo con el Reglamento de Aprendices,
explique a los compañeros lo siguiente:
1.
¿Cuáles
son las medidas formativas y en qué consisten?
Las medidas formativas contempladas en el
Reglamento del aprendiz SENA 2012 en su ARTÍCULO 27. Expone como medidas
formativas aquellas acciones que se aplican al Aprendiz SENA cuando se trate de
hechos que contraríen en menor grado el orden académico o disciplinario, sin
afectar los deberes, derechos y prohibiciones, o que se adopta con el fin de
prevenir su ocurrencia, o con el fin de generar cambios en el desempeño académico
o en el comportamiento disciplinario del Aprendiz.
Son medidas formativas:
·
Llamado de atención verbal: Cuando
se trate de hechos que contraríen en menor grado el orden académico o
disciplinario, sin afectar los deberes, derechos y prohibiciones, o cuando sea
necesario para prevenir la ocurrencia de hechos que vulneren esos deberes,
derechos y prohibiciones, el aprendiz podrá recibir un llamado de atención
verbal por parte del (los) Instructor, el Coordinador Académico, el(los)
responsable(s) de Bienestar, o el Subdirector del Centro.
Este llamado de atención verbal no constituye una
sanción.
·
Plan de Mejoramiento académico: Es una
medida adoptada para definir acciones de formación, previo agotamiento de
estrategias pedagógicas del instructor e iniciativas del aprendiz, el Plan de
Mejoramiento es un documento que consigna acciones concertadas entre el
Aprendiz y el Instructor o el Coordinador Académico, que se formula durante la
ejecución del programa de formación para garantizar el logro de los resultados
de aprendizaje, el cual deberá ejecutarse dentro del término de un (1) mes
contado a partir de la concertación del mismo con el Aprendiz.
Cuando se
le ha realizado un llamado de atención escrito o condicionamiento de matrícula;
el Plan de Mejoramiento será firmado por el Aprendiz. El plan de mejoramiento
deberá contemplar nuevas actividades de aprendizaje, para el logro de los
objetivos del proceso formativo; se deben identificar el o los resultados de
aprendizaje que no han sido alcanzados y las evidencias de aprendizaje que debe
presentar el aprendiz para evaluar su logro. Será responsabilidad del equipo de
instructores o del Coordinador que haya designado el Subdirector de Centro en
el acto sancionatorio, participar en la definición de este plan de mejoramiento,
evaluar el avance y el logro de los resultados de aprendizaje definidos en este
plan.
·
Plan de mejoramiento disciplinario: Es una
medida adoptada para definir acciones de carácter comportamental, actitudinal o
social, para propiciar en el Aprendiz cambios en su conducta, cuando se le ha
impuesto sanción disciplinaria consistente en llamado de atención escrito o
condicionamiento de matrícula; este plan debe ser firmado por el Aprendiz y
deberá contemplar la falta cometida y las evidencias de cambio en el
comportamiento que se esperan en un período máximo de un (1) mes contado a
partir de la concertación respectiva.
Será
responsabilidad del Instructor o del Coordinador que haya designado el
Subdirector de Centro en el acto sancionatorio, participar en la definición de
este plan de mejoramiento, evaluar el avance y el logro de los resultados
comportamentales definidos en este plan
2.
Cuáles
son las sanciones que pueden imponerse a los aprendices por faltas académicas o
disciplinarias?
De acuerdo al artículo 28 del Reglamento del
aprendiz SENA 2012, las sanciones que pueden imponerse son:
- · Llamado de atención escrito
- · Condicionamiento de la matrícula
3.
Mencione
por lo menos dos estímulos o incentivos que el SENA ha adoptado para beneficio
de los aprendices y qué casos se otorgan.
El artículo 8 del Reglamento del aprendiz SENA 2012
establece como algunos de los estímulos e incentivos:
·
Cuando termine su proceso formativo y cumpla el
perfil y requisitos necesarios para llegar ser instructor, formará parte del
semillero de nuevos instructores del SENA, si así lo desea.
·
Reconocimiento a los aprendices por parte del
Comité Evaluación y Seguimiento que se han destacado por su excelente desempeño
académico y actitudinal, con copia a la hoja de vida del aprendiz y empresa
patrocinadora
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